LA EVASIÓN FISCAL EN GUATEMALA © Copyright 2017
Primera Parte
La evasión de impuestos en lo que va del
20117 alcanzó Q29 mil 533 millones, lo que equivale al 4.9% del PIB del 2016,
según evaluación del Fondo Monetario Internacional (FMI). La evasión del Impuesto al Valor Agregado (IVA) fue
del 36% y en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) del 60% durante el 2017, reveló
la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT). En el 2017 la SAT ha
presentado 769 denuncias ante el Ministerio Público en contra de exportadores
por anomalías detectadas en la gestión de la devolución del Crédito Fiscal. La
evasión y elusión del IVA alcanzó los Q9 mil 700.5 millones en el 2014, un
aumento de 9.1% respecto de un año anterior, según las estadísticas de la
Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
La palabra evasión
proviene del latín EVADERE, que significa: sustraerse, irse o marcharse, de
algo donde se está incluido. Se asemeja a la del Derecho Penal con los privados
de libertad, presos en buen chapín, cuando el Sistema Penitenciario – previo
pago – les permite la evasión del presidio como en el caso de la Maricza Lemus Patrona.
En Derecho
Tributario es sustraer el pago de un tributo que legalmente se adeuda o con la
disminución, eliminación mediante conductas fraudulentas u omisivas. Eludir con
arte o astucia una situación según la RAE, (Rayando en la Estupidez). Es todo
acto u omisión que violando las disposiciones legales, en el ámbito de un país
o en la esfera internacional, produce la eliminación o la disminución de la
carga fiscal, siendo el incumplimiento total o parcial de los contribuyentes en
la Declaración del pago de las obligaciones tributarias.
Es una actividad
ilegal, que constituye un intento deliberado de ocultación y subestimación de
utilidades gravables, así como la manipulación de los ingresos al fisco, que es
un fenómeno físico para sustraerse del pago de los impuestos (Rodas Aguilar)
que repercute directamente en la actividad estatal no permitiendo contar con
los recursos previstos para la realización de los fines que manda la
Constitución Política de la República.
Los delitos de evasión fiscal que
sobresalen en el país son: emisión de declaración de diferentes objetos de impuestos como ventas, producción e
importación; alteración deliberada de las cifras consignadas en las
declaraciones para el pago de impuestos; adquisición ilegal de facturas por
compras o servicios recibidos sin que se haya realizado el acto necesariamente
para aumentar los gastos y obtener crédito Fiscal; simulación de Actos
Mercantiles o normalización de los mismos con datos falsos y el más frecuente de fingir demencia.
Según el Código Penal,
Artículo 358 "A":
"Defraudación tributaria.
Comete
delito de defraudación tributaria quien, mediante simulación, ocultación,
maniobra, ardid o cualquier otra forma de engaño, induzca a error a la
Administración Tributaria en la determinación o el pago de la obligación
tributaria, de manera que produzca detrimento o menoscabo en la recaudación
impositiva.
El responsable de este delito
será sancionado con prisión de uno a seis años, que graduará el Juez con
relación a la gravedad del caso, y multa equivalente al impuesto omitido.
Si el delito fuere cometido por
persona extranjera se le impondrá, además de las penas a que se hubiere hecho
acreedora, la pena de expulsión de! territorio nacional, que se ejecutará
inmediatamente que se haya cumplido aquellas."
Según toda la teoría del
Derecho Fiscal y los dato anotados, desde el año 1869 existe un personaje que
violando todas las leyes nacionales e internacionales, ha cometido Delitos de
Defraudación Fiscal, ante la mirada oculta de las autoridades de turno. Sí,
hace 148 años que viene sustrayendo ilícitamente dinero que debería ir a las
Arcas Nacionales. Según las últimas demandas y ante el miedo que le ocasiona al
Gobierno:
el caso DTC 11769 SAT-MP- CICIG, el personaje es conocido sólo como ST.
Personeros, investigadores y
reposteros de éste matutino han establecido que al personaje ST, que con
engaño, ardid, ocultación, mañas, allanamientos ilícitos de viviendas y
maniobras evasivas ha defraudado el equivalente al Presupuesto Irreal promovido
para el 2018 por el FCN-Nación por la pequeña suma de Q87,922 millones. Ese sería el importe a pagar por el
defraudador consuetudinario ST, además de una condena de prisión sin extradición
posible, de al menos 3.69 Cadenas Perpétuas.
ST se ha dedicado a babosear a
padres de familia y en especial a niños y sobre todo a los niños de familias en
extrema probreza, que equivalen al 49.6% de la población del país.
Continuará … © Copyright 2017
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